Modelo 303: declaración trimestral de IVA para autónomos 2026
Todo sobre el modelo 303 en 2026: quién lo presenta, plazos, casillas clave y un ejemplo numérico con tipos de IVA 21 %, 10 % y 4 %. Guía verificada AEAT.
Qué es el modelo 303
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deben presentar todos los autónomos y empresas en régimen general de IVA. A través de él se declara:
- El IVA repercutido (devengado): el IVA que has cobrado a tus clientes en tus facturas.
- El IVA soportado (deducible): el IVA que tú has pagado en tus facturas de proveedores y gastos afectos a la actividad.
- La diferencia: si el IVA repercutido supera al soportado, el resultado es «a ingresar»; si es al revés, «a compensar» o «a devolver» (solo en el último trimestre).
Base legal: artículos 160-167 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992) y artículos 164-173 de la Ley 37/1992.
Quién está obligado
Todos los autónomos y sociedades que realizan operaciones sujetas y no exentas de IVA en régimen general. Quedan fuera:
- Actividades exentas de IVA (formación reglada, servicios médicos, servicios financieros…) — pero deben presentar el 303 negativo si tienen algún IVA soportado.
- Autónomos en régimen de recargo de equivalencia (comerciantes minoristas) — el recargo lo liquida el proveedor.
Plazos de presentación 2026
| Trimestre | Periodo | Plazo |
|---|---|---|
| 1T | Enero–marzo | 1–20 de abril 2026 |
| 2T | Abril–junio | 1–20 de julio 2026 |
| 3T | Julio–septiembre | 1–20 de octubre 2026 |
| 4T | Octubre–diciembre | 1–30 de enero 2027 |
Cuando el día 20 o 30 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.
Fuente: AEAT, calendario fiscal 2026 (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/presentar-declaraciones/calendario-presentacion.html).
Tipos de IVA en 2026
| Tipo | Porcentaje | Aplicación |
|---|---|---|
| General | 21 % | Mayoría de bienes y servicios |
| Reducido | 10 % | Alimentos (no básicos), hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva, servicios de peluquería… |
| Superreducido | 4 % | Alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas…), libros, medicamentos, prótesis, sillas de ruedas… |
Fuente: artículos 90.Uno y 91 de la Ley 37/1992 (LIVA).
Casillas clave del modelo 303
Sección IVA devengado (IVA repercutido)
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 01 | Base imponible de operaciones a tipo 21 % |
| 03 | Base imponible de operaciones a tipo 10 % |
| 05 | Base imponible de operaciones a tipo 4 % |
| 02 | Cuota IVA al 21 % |
| 04 | Cuota IVA al 10 % |
| 06 | Cuota IVA al 4 % |
| 27 | Total cuota devengada (suma casillas 02+04+06+…) |
Sección IVA deducible (IVA soportado)
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 28 | Cuotas de IVA deducibles en operaciones interiores corrientes |
| 29 | Cuotas IVA deducibles en operaciones interiores de bienes de inversión |
| 36 | Total cuota a deducir |
Resultado
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 46 | Resultado de la declaración (casilla 27 − casilla 36) |
| 47 | Compensación de periodos anteriores (si procede) |
| 69 | Resultado final a ingresar / a devolver |
Ejemplo numérico trimestral
Autónomo diseñador, 2T 2026 (abril–junio)
| Concepto | Base imponible | IVA |
|---|---|---|
| Factura cliente A — diseño web | 2.000 € | 420 € (21 %) |
| Factura cliente B — diseño gráfico | 1.500 € | 315 € (21 %) |
| Factura cliente C — freelance | 800 € | 168 € (21 %) |
| Total IVA repercutido | 4.300 € | 903 € |
| Gasto | Base imponible | IVA soportado |
|---|---|---|
| Adobe CC (software) | 60 € | 12,60 € (21 %) |
| Factura gestoría | 150 € | 31,50 € (21 %) |
| Material oficina | 80 € | 16,80 € (21 %) |
| Total IVA soportado | 290 € | 60,90 € |
Resultado: 903 € − 60,90 € = 842,10 € a ingresar en el segundo trimestre.
Usa nuestra calculadora para obtener el resultado de tu 303:
Cómo presentar el modelo 303
- Accede a la sede electrónica de la AEAT con certificado, DNIe o Cl@ve: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaracion-modelo-303.html.
- Rellena las casillas de IVA devengado y deducible del trimestre.
- Si el resultado es positivo, selecciona la forma de pago (domiciliación, NRC de banco o cargo en cuenta en sede).
- Si el resultado es negativo (a compensar), márcalo en la casilla correspondiente; en el 4T puedes solicitar devolución.
- Guarda el justificante de presentación (NRC o código seguro de verificación).
Errores frecuentes
- Incluir facturas de periodos anteriores: las facturas deben incluirse en el trimestre en que se han devengado, no cuando se cobran (criterio general, salvo criterio de caja).
- No declarar operaciones intracomunitarias: si tienes facturas a empresas de la UE con IVA 0 % (inversión del sujeto pasivo), deben reflejarse en las casillas específicas del 303 y en el modelo 349.
- Olvidar el IVA soportado de gastos deducibles: cada factura de proveedor con IVA incluye una cuota que puedes deducirte. No deduciéndola estás pagando de más.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Fuentes oficiales
- AEAT — Modelo 303: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaracion-modelo-303.html
- LIVA (Ley 37/1992), arts. 90-91: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740
- RD 1624/1992 (Reglamento IVA), arts. 160-167: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-25643
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